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¿Una iniciativa por la educación?

Otra o una más, buenas intenciones o gran cambio, con todo respeto lo que veo es sólo un proceso mediático, que pretende llenar el hueco informativo.


Primero que nada se habla de la atención de seis de los 95 puntos de la Iniciativa por México (cuerpo mediático) del anuncio presidencial, después y también como parte del discurso frases absolutamente inatacables “educación de calidad para todos los mexicanos” (creo, sólo creo que es parte del Constituyente, “la base para transformar a México es la educación” verdad de Perogrullo (es mas te lo firmo y te lo cumplo) “para mejorarla tenemos que evaluarla” esto es casi una joya del viejo y retórico discurso.

Finalmente la parte “sólida” que señala “inclusión, tolerancia y sobre todo paz” es decir al igual que el discurso del adversario (pero desde la comodidad de los micrófonos públicos, desde la envestidura que tiene, decían los viejos políticos que hay mensajes cifrados, pero en este caso no se cifraron simplemente el lenguaje golpeador volvió a la escena.

Pero aceptando por un momento que se pretende generar un gran cambio al inercial proceso de deterioro del Sistema Educativo Nacional, eculubremos:
  •     Dice la propuesta de modificación al Artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos:
III. Para dar pleno cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo y en la fracción II, el Ejecutivo Federal determinará los planes y programas de estudio de la educación preescolar, primaria, secundaria y normal para toda la República. Para tales efectos, el Ejecutivo Federal considerará la opinión de los gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal, así como de los diversos sectores sociales involucrados en la educación, en los términos que la ley señale. Adicionalmente, el ingreso al servicio docente y la promoción a cargos con funciones de dirección o de supervisión en la educación básica y media superior que imparta el Estado, se llevarán a cabo mediante concursos de oposición que garanticen la idoneidad de los conocimientos y capacidades que correspondan. La ley reglamentaria de este artículo fijará los términos para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio. Serán nulos todos los ingresos y promociones que no sean otorgados conforme a la ley;”
Antes de seguir eculubrando, que alguien les informe a estos letrados administradores públicos  que el Distrito Federal es una de las 32 entidades federativas.


  •     Luego y ya en serio, el ingreso es por concurso de oposición, eso significa NECESARIAMENTE que se abre a toda la sociedad, es decir a todos los que estén interesados en ser profesores o importar profesores de otras latitudes (pues no hay suficientes egresados de las escuelas normales nacionales) para correr a los que NO SIRVAN.

  •      Y más adelante señala:

“VIII. El Congreso de la Unión, con el fin de unificar y coordinar la educación en toda la República, expedirá las leyes necesarias, destinadas a distribuir la función social educativa entre la Federación, los Estados y los Municipios, a fijar las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público y a señalar las sanciones aplicables a los funcionarios que no cumplan o no hagan cumplir las disposiciones relativas, lo mismo que a todos aquellos que las infrinjan, y”
Definir que corresponde a cada uno de los niveles de gobierno es, sin lugar a dudas algo fundamental, pero el párrafo queda tan vagamente redactado que parecería que de manera discrecional, la posibilidad de fijar cuotas a los beneficiarios del servicio que en principio y por lo que entiendo sigue siendo gratuito.

Esto además parece ser confirmado al señalar en la fracción III del Artículo Quinto transitorio del Decreto  “a) Fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas con el objetivo de mejorar su infraestructura, comprar materiales educativos, resolver problemas de operación básicos y propiciar condiciones de participación para que alumnos, maestros y padres de familia, bajo el liderazgo del director, se involucren en la resolución de los retos que cada escuela enfrenta;” Es decir, ahora PODRÁ corresponder a la comunidad educativa el RESOLVER PROBLEMAS, es decir pagar para ello, cuidado, la redacción hace una carga que no se señala de manera explícita en la fracción IV del Artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra DICE: “IV. Toda la educación que el Estado imparta será gratuita;”



Y la modificación propuesta al Artículo 73 de la Constitución Política reafirma “XXV. Para establecer, organizar y sostener en toda la República escuelas rurales, elementales, superiores, secundarias y profesionales; de investigación científica, de bellas artes y de enseñanza técnica, escuelas prácticas de agricultura y de minería, de artes y oficios, museos, bibliotecas, observatorios y demás institutos concernientes a la cultura general de los habitantes de la nación y legislar en todo lo que se refiere a dichas instituciones; para legislar sobre vestigios o restos fósiles y sobre monumentos arqueológicos, artísticos e históricos, cuya conservación sea de interés nacional; así como para dictar las leyes encaminadas a distribuir convenientemente entre la Federación, los Estados y los Municipios el ejercicio de la función educativa y las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público, buscando unificar y coordinar la educación en toda la República, y para asegurar el cumplimiento de los fines de la educación y su mejora continua en un marco de inclusión y diversidad. Los Títulos que se expidan por los establecimientos de que se trata surtirán sus efectos en toda la República. Para legislar en materia de derechos de autor y otras figuras de la propiedad intelectual relacionadas con la misma;” es decir confirma mi temor de que ahora PUEDE ser la sociedad quien cargue con el gasto de la escuela (de manera legal) pues hasta ahora lo hace de manera informal.

 Se agrega la fracción IX, referenciando al Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, que define como “un organismo público autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio”, pero ”La Junta de Gobierno será el órgano de dirección del Instituto. Se integrará por cinco miembros designados por el Ejecutivo Federal” es decir autónomo pero tantito namas, pues “Los integrantes de la Junta de Gobierno deberán ser personas con capacidad y experiencia en las materias de la competencia del Instituto” es decir el Ejecutivo Federal se abroga el nombramiento y la definición de capacidades y competencias de los miembros, SALUD.

     Cuidado, la educación según queda claro es GRATUITA.

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